domingo, 18 de febrero de 2018

Golpe de Estado presupuestario del PP

“En todos los casos, mientras el gobierno subsiste, el poder supremo será el legislativo; pues aquél que dicta leyes a otro debe ser necesariamente superior a este” (John Locke)

Hay que reconocer que todo lo que está ocurriendo con el desafío separatista en Cataluña está permitiendo que asuntos de importancia capital pasen desapercibidos del escrutinio público; más aún cuando resultan temas algo complicados como son los presupuestarios.
Es mi intención en el presente texto poner de manifiesto como el actual Gobierno del PP está perpetrando un auténtico golpe de Estado contra el orden constitucional que afecta directamente a la esencia del equilibrio de poderes.
Y es que no se puede estar defendiendo el orden constitucional en Cataluña y su Titulo VIII “De la organización territorial del Estado” mientras se atenta abiertamente contra el anterior, el Titulo VII: “Economía y Hacienda”.
Quienes nos vendieron la santidad de una reforma ominosa y secreta de la Constitución en uno de los artículos integrantes de este título, el artículo 135, ahora están incumpliendo de una forma  grosera el artículo 134.
El Señor Montoro que se llena la boca con su Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y que con su particular interpretación de la misma, ataca a los ayuntamientos, ahora se encuentra fuera de la Constitución en materia presupuestaria.
La arrogancia y cinismo de este individuo, le lleva a jactarse públicamente de  que no presentará su proyecto de Presupuestos Generales del Estado hasta que no consiga suficiente apoyo parlamentario.
El artículo 134.3 CE señala con claridad:
“El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.”
Con independencia de si los presupuestos serán o no aprobados por el Parlamento, la Constitución deja muy claro que el Gobierno “deberá” presentar su proyecto presupuestario.
Pero el Gobierno del PP se pasa la Constitución por el arco del triunfo para evitar hacer el ridículo y que el Congreso rechace sus presupuestos antisociales y liberticidas.
Esto es gravísimo y demuestra de facto que el actual Gobierno en minoría parlamentaria, ha decidido usurpar las funciones de la representación nacional.
El artículo 66.1y 2 CE dice:
1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
No podemos olvidar que la misma esencia del sistema parlamentario está en el control presupuestario, si un gobierno se salta este principio, está atacando el fundamento mismo de la democracia.
En cualquier democracia avanzada un  gobierno que no es capaz de sacar adelante unos presupuestos, está condenado a presentar su dimisión o en todo caso, a proponer un adelanto electoral pues sin presupuestos, la acción del gobierno se ve totalmente paralizada.
Pero cualquiera que vea estos días los medios de comunicación puede llevarse la impresión de que la prorroga de los presupuestos no solo no es un desastre, sino que es buena y positiva. ¿Cómo es posible que lo que lleva a la paralización del gobierno en todo sistema parlamentario, en España  resulte positivo?
Es más, ¿cómo desde un gobierno de supuesta base democrática se puede sugerir ni tan siquiera una segunda prórroga presupuestaria?
La respuesta es clara, volviendo a saltarse la Constitución y las leyes presupuestarias, atacando directamente la soberanía nacional.
Llamo ahora la atención sobre el uso y abuso que los gobiernos desde la aprobación de la Constitución vienen haciendo del Decreto Ley pero que con el actual Gobierno ha llegado a cotas inasumibles para un Estado que se presume parlamentario y democrático.
El artículo 86.1 y 2 señala:
1.      En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
2.      Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
Queda en evidencia que los constituyentes delimitaron el uso del Decreto Ley a casos de “extraordinaria y urgente necesidad”, pero este primer párrafo parece que no existe y puede ser soslayado por el simple elemento formal establecido en el punto 2.  Volvemos a la indignidad de un Tribunal Constitucional politizado que desde el principio no puso coto a la práctica abusiva del Decreto Ley por parte del Gobierno.
Aún resulta más flagrante el abuso que se comete al intentar legislar mediante el Decreto Ley  materias presupuestarias y fiscales, pues afectarían directamente al Titulo I
El mismo Tribunal Constitucional no pudo seguir avalando el gobernar por decreto del PP y en su sentencia  (STC 73/2017, de 8 de junio) declaró inconstitucional la amnistía fiscal perpetrada por el Sr. Montoro en 2012, aunque solo tuvo efecto testimonial cinco años después de cometida la tropelía tributaria.
Que este ministro haya continuado después de esa sentencia, es algo inexplicable para cualquier persona que crea en la moral política.
Ahora el gobierno pretende saltarse la prórroga presupuestaria y hacer como si “no pasará nada”, mediante los Decretos Ley. No solo no se mandan los presupuestos al parlamento, sino que el gobierno de facto, decreta un nuevo presupuesto modificando los prorrogados, algo completamente ilegal.
La Ley 43/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria en su artículo 38 señala lo que debería suceder cuando hay una prórroga presupuestaria:
1.      Si la Ley de Presupuestos Generales del Estado no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos iniciales del ejercicio anterior hasta la aprobación y publicación de los nuevos en el "Boletín Oficial del Estado".
2.      La prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a programas o actuaciones que terminen en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan o para obligaciones que se extingan en el mismo.
3.      La estructura orgánica del presupuesto prorrogado se adaptará, sin alteración de la cuantía total, a la organización administrativa en vigor en el ejercicio en que el presupuesto deba ejecutarse.

Es decir, que lo que pretende hacer el Sr Montoro  por Decreto Ley, como sería subir el sueldo de los funcionarios, es abiertamente ilegal. Una subida de sueldo a los funcionarios con un presupuesto prorrogado supone una alteración del Capítulo 1 de Gastos y por lo tanto, una alteración de la cuantía total que el artículo mencionado prohíbe taxativamente en su punto 3.
Y los funcionarios pueden dar gracias a que la Constitución permite la prórroga automática del presupuesto anterior, países como EEUU se ven obligados a cerrar la administración cuando no hay acuerdo presupuestario en las Cámaras.
La modificación presupuestaria de un presupuesto prorrogado abre las puertas del despotismo de un ejecutivo que gobierna fuera de un control real por parte del parlamento.
La ratificación por parte del Congreso de Decretos Ley no subsana su nulidad de origen respecto a las materias que regulan, al ir contra la Constitución y la ley.
El gobierno del PP pretende hacer populismo barato ya que, si bien, se ve incapacitado para tener una mayoría parlamentaria que le apruebe unos presupuestos, sabe que ningún grupo político se opondrá al Decreto Ley donde se ordene subir un 5% el sueldo de los funcionarios.
Eso sí, después tendrían la caradura de decir que por Decreto Ley no se puede hacer la equiparación de la Policía y Guardia Civil  con las policías autonómicas.
Como decía Montesquieu: “No hay peor tiranía que la que se ejerce a la sombra de las leyes y al calor de la justicia”
El actual gobierno, en materia presupuestaria, está claramente a la sombra de las leyes y ahora más que nunca, debemos ponerlo en evidencia.
Mientras la corrupción devora las entrañas del PP, el gobierno con el único ansia de escapar de la justicia mediante el ejercicio ilimitado del poder, pretende perpetrar lo que he titulado un “Golpe de Estado Presupuestario”, que le permita sobrevivir hasta el 2020.
Muchos en la Derecha española se llenan la boca con el “bien del pueblo” y la “estabilidad política”, cuando simplemente para ellos el poder es un medio y un fin en si mismo.
Cuando un gobierno decide usar la ley y la Constitución para su propio beneficio sin atender a límites y tratando de sustraerse al control del Parlamento, el camino hacia lo peor esta expedito. La tiranía siempre nace de este tipo de gobiernos cuya inmoralidad les permite usar de todos los resortes del poder para su conservación.
Es muy triste observar como el Congreso de los Diputados se encuentra paralizado sin capacidad para legislar mientras un gobierno en minoría lo hace  por decreto; el daño que se está haciendo a las instituciones es muy grande, mucho mayor que el causado por la “crisis catalana”, espero que en poco tiempo no debamos lamentarnos por ello.